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Nuestro profesorado está especializado en cada área temática por lo que garantizamos una formación de calidad y práctica. Granapol Málaga pondrá a tu disposición profesionales de la Policía Nacionales, Guardia Civil y deportistas en activo para que apruebe las distintas fases de las que consta la oposiciones.
Te acompañamos desde que accedes a la academia, hasta que haces la maleta para irte a Ávila (Policía Nacional) o a Baeza (Guardia Civil)

Academia Policía Nacional
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Forma parte del cuerpo de seguridad más antiguo de España. Nuestra experiencia te facilitará el camino para superar con éxito las pruebas para el acceso a la Guardia Civil.
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Somos conscientes, y así lo hemos comprobado durante nuestros años de experiencia, que son diversos motivos los que nos sitúan como la academia de oposiciones en Málaga lider.
El alumno se ve inmerso en nuestra forma de vida desde el inicio en el día a día de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Desde su acceso a la academia dispondrá de información relevante sobre sus oposiciones gracias a que el profesorado está formado por Policías Nacionales y Guardia Civiles, todos en activo.
Nuestro profesorado trabaja a diario como Policías y Guardias Civiles en activo, por lo que la formación se completa con el estudio de casos reales y basados en su experiencia.
«Te vamos a aconsejar desde el primer momento si tienes dudas a que oposición presentarte»
Nuestra apuesta por la preparación exclusiva a oposiciones al cuerpo de la Guardia Civil y Policía Nacional hacen que podamos ofrecer un nivel tan alto de conocimiento y especialización gracias a nuestro oficio, lo que da como resultado el mayor indice de aprobados de Andalucía se encuentre entre nuestros alumnos.
Hemos dedicado todo el tiempo, esfuerzo y experiencia a confeccionar un temario único, propio y creado íntegramente por nosotros con el que nuestros alumnos son capaces de asimilar el contenido y cada uno de sus bloques de una forma natural, sencilla y práctica.
«Preparar tus oposiciones de la mano de Granapol Málaga es sinónimo de que cuando te enfrentes al resto de candidatos estés un peldaño por encima de ellos»
La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: aptitud física, conocimientos, reconocimiento médico, entrevista personal y psicotécnica.
Los opositores que superen las anteriores pruebas selectivas se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía (Ávila), donde iniciarán su proceso formativo, integrándose en el plan de carrera de la Policía Nacional.
APTITUD FÍSICA
Esta prueba consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos que se describen en el anexo I.
La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, según lo establecido en dicho anexo, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante.
La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar.
Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el Tribunal calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba, quedando eliminados los que den positivo al consumo de dichas sustancias.
Por razones de seguridad, en los ejercicios físicos que se realicen en polideportivo cubierto no se permitirá el acceso de público.
La carrera de 1.000 metros sí será pública, al desarrollarse en pista al aire libre. No se permitirá su grabación por medio audiovisual alguno al poder afectar a la seguridad, al derecho a la intimidad personal y la propia imagen de los intervinientes.
Para la realización de la prueba, los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Las aspirantes que no pudieran realizar las pruebas físicas establecidas en la convocatoria por embarazo o parto, debidamente acreditados, realizarán todas las demás, quedando condicionado su ingreso en la Escuela Nacional de Policía a la superación de aquellas y a que, de acuerdo con su calificación global en la convocatoria, en relación con la de los demás aspirantes, le corresponda. A tal fin, la interesada podrá realizar las indicadas pruebas físicas en el momento que se establezca para la siguiente convocatoria. Si en esta fecha tampoco pudiera realizarlas debido a otro embarazo o parto, debidamente acreditados, podrá realizarlas en una inmediata segunda convocatoria.
La incorporación a la Escuela Nacional de Policía se realizará con los admitidos en la convocatoria en que supere las pruebas físicas.
En caso de que la interesada no pudiera realizar las pruebas físicas en la fecha prevista para ello en la segunda convocatoria posterior a la de superación del resto de las pruebas, cualquiera que fuera la causa, perderá todo derecho a las mismas.
CONOCIMIENTOS Y ORTOGRAFÍA
Constará de dos partes eliminatorias
a) Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como anexo II a la presente convocatoria. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – (E/ (n-1)), siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.
Cada una de las cien preguntas tiene un valor de un punto. El Tribunal establece que serán considerados aptos en esta prueba los opositores que hubiesen obtenido al menos 50 puntos tras la aplicación de la fórmula expresada en el párrafo anterior.
b) Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario para evaluar la capacidad ortográfica del opositor. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos.
La calificación será de «apto» o «no apto».
Los interesados dispondrán de un plazo de dos días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación, para impugnar cualquiera de las preguntas integrantes de los cuestionarios de conocimientos y ortografía. Bajo criterios de celeridad, economía y eficacia, las impugnaciones se deberán de presentar al Tribunal a través de la dirección del correo electrónico: secretariaprocesos.dfp@policia.es
EVALUACIÓN FINAL
Reconocimiento médico
Dirigido a comprobar que no concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988, que se reproduce como anexo III a la presente convocatoria. El punto 2. de dicha Orden, obesidad-delgadez, se evaluará a través del índice de masa corporal (IMC). Peso: No serán aptos aquellos aspirantes, que presentando características morfológicas de obesidad, tengan un índice de masa corporal superior a 28 en hombres y mujeres. En ambos sexos, dicho índice no podrá ser inferior de 18. El cálculo del índice de masa corporal se efectuará aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T2, donde P es el peso del aspirante desnudo en kilogramos y T la talla en metros. La realización de la parte a) implica el consentimiento de los aspirantes para que los resultados del reconocimiento médico sean puestos a disposición del Tribunal calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y calificación de la misma. Se aplicarán a los aspirantes las técnicas médicas de uso convencional que se estimen oportunas, incluida la analítica de sangre y orina. La calificación de la parte a) será de «apto» o «no apto».
Entrevista Personal
Tras la realización de un test de personalidad, un cuestionario de información biográfica y/o un currículum vítae por el opositor, se investigarán los factores de socialización, comunicación, motivación, rasgos de personalidad, rasgos clínicos y cualidades profesionales. La calificación de la parte b) será de «apto» o «no apto».
Test Psicotécnicos
Consistirán en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) del aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos y ortografía. El resultado de esta parte c), establecerá el orden descendente de notas, de mayor a menor, de los opositores. Se declararán aptos a un número de opositores igual al de plazas convocadas. El resultado final de la tercera prueba será de «apto» o «no apto».
FORMACIÓN
Formación integral, para solventar de forma óptima todos las fases de la oposición, desde que el/la aspirante inicia su preparación, hasta que se considera apto/a para el ingreso. Durante todo el proceso de formación, se avanza de forma simultánea en todas las materias (jurídicas, sociales, técnico-científicas), dando sucesivos repasos a todo el temario.
- Primera fase: Pruebas físicas (septiembre). Preparador titulado Grado Ciencias del Deporte. Preparación se efectúa en Pista de Atletismo de Carranque.
- Segunda fase: Test de conocimientos y examen de ortografía (finales de noviembre-diciembre). Teniendo en cuenta los distintos niveles de conocimiento con los que llega el opositor, el temario se aborda en diferentes fases, dando sucesivos repasos que se apoyan en numerosos test y simulacros de examen. El/la aspirante asimila de esta forma, los conceptos de forma progresiva. Se trabaja con porcentajes de conocimiento, teniendo previsto para cada fase del aprendizaje l, que porcentaje de conocimiento debe tener el alumno, realizándose para ello numerosos simulacros parciales y totales.
- Tercera fase: Test de personalidad, biodata, reconocimiento médico, entrevista personal (enero 2024). Queda demostrado estadísticamente, que el alumno que prepara la oposición con nuestro sistema y llega a esta fase, tiene muchas posibilidades de aprobar esta fase, situándose el porcentaje de aprobados en más del 90%.
- Cuarta fase: Psicotécnicos (mayo 2024). Nuevamente nuestros preparadores consiguen que el/la aspirante solvente de forma óptima esta fase, siendo la norma general el aprobado. Para ello, se hacen simulacros en los que el alumno aborda de forma experimental varias veces, la entrevista a la que se verá sometido
La fase de oposición consta de las siguientes pruebas:
PRUEBA DE ORTOGRAFÍA
Consistirá en la realización de un ejercicio de ortografía. El tiempo para esta prueba será de diez (10) minutos.
PRUEBA DE CONOCIMIENTO
Consistirá en la contestación a un cuestionario de cien (100) preguntas concretas, extraídas de los temas que figuran en el Anexo I a la resolución de 26 de junio de 2024. El tiempo para la realización de esta prueba será de una hora y treinta (1 h. 30 min.) minutos.
PRUEBA DE LENGUA EXTRANJERA
Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas sobre el idioma –inglés o francés- elegido por el aspirante en la instancia. El tiempo para esta prueba será de veinte (20) minutos.
PRUEBA PSICOTÉCNICA
Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:
- Aptitudes intelectuales: Se evaluarán mediante la aplicación de tests de inteligencia general y/o escalas específicas que evalúen la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo.
- Perfil de personalidad: Se evaluarán mediante tests que exploren las características de personalidad, aptitudinales y motivacionales.
Los resultados de las pruebas psicotécnicas aplicadas serán tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.
PRUEBA DE APTITUD FÍSICA
Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en el BOE, nº 76, Capítulo II, publicado el 29 de marzo de 2019, donde se determinan las marcas mínimas a superar en cada uno de ellos.
ENTREVISTA PERSONAL
Destinada a contrastar y ampliar los resultados de las pruebas psicotécnicas.
El General Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se seguirán para valorar que el aspirante posee en grado suficiente, las competencias y cualidades necesarias para el buen desempeño de los cometidos y responsabilidades que le sean encomendadas con su incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
La idoneidad para el desempeño de estos cometidos y responsabilidades se acredita con la valoración, en grado adecuado, de las competencias y cualidades siguientes:
- I. Adecuación a normas y principios morales.
- II. Valores institucionales.
- III. Responsabilidad/ madurez.
- IV. Motivación.
- V. Autocontrol.
- VI. Habilidades sociales y de comunicación.
- VII. Adaptación/flexibilidad.
- VIII. Solución de problemas.
RECONOCIMIENTO MÉDICO
Se aplicará el cuadro médico de exclusiones del Apéndice «B» del Anexo a la Orden de 9 de abril de 1996, así como el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 21 de octubre de 2005, por el que se elimina la disartría o tartamudez manifiesta como causas de exclusión para el acceso a las Fuerzas Armadas y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.X
GENERALES
Según la legislación vigente Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 118, de 18 de mayo, que regula los procesos selectivos de Ingreso en la Policía Nacional, y en consonancia con la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, para poder ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas a los aspirantes a POLICÍA será necesario, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reunir los siguientes requisitos:
- Tener la nacionalidad española.
- Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Anexo III de esta convocatoria.
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
Los interesados en optar a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán reunir y acreditar, el de llevar cinco años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no acreditación de este requisito en el plazo mencionado comportará la adscripción a las plazas de turno libre.
ESPECÍFICOS
- Policía: Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
- Inspector: Estar en posesión del título universitario oficial de Grado.
Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, mantendrán todos sus efectos académicos a los efectos del ingreso y la promoción en la Policía Nacional.
COMPROBACIÓN DE REQUISITOS
Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal, desde la publicación de la lista definitiva de admitidos hasta la conclusión de la fase de oposición, o la División de Formación y Perfeccionamiento, durante el resto del proceso selectivo, previa audiencia del interesado, acordarán su exclusión, comunicando a este Centro directivo, en su caso, las inexactitudes o falsedades que hubiera podido cometer.
Le recomendamos consulte las bases de la oportuna convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.X
REQUISITOS
-Poseer la nacionalidad española.
-No estar privado de los derechos civiles.
-Carecer de antecedentes penales.
-No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
-Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en el año de la convocatoria.
-No superar durante el año en que se publique la convocatoria la edad de cuarenta (40) años.
-Poseer una altura mínima de 160 centímetros para hombres y 155 centímetros para mujeres (novedad 2020), y no superior a 203 centímetros en bipedestación.
-Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y de las pruebas que se determinen en la correspondiente convocatoria.
-Estar en posesión de los niveles de estudios requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
-No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre de Régimen de Personal de la Guardia Civil (BOE núm. 289).
-No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
-Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
-Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, auto mutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil, según se determine en la normativa vigente en esta materia y sus normas de desarrollo.